Si el 20 de noviembre vas a estar fuera de tu ciudad, tienes que votar por correo. ACUDE HOY MISMO A CUALQUIER OFICINA DE CORREOS para solicitar el voto por correo. Tienes tiempo hasta el 10 de noviembre, pero, cuanto antes, mejor.
¿Qué plazo hay para solicitarlo?
Hasta el 10 de noviembre.
A partir de la fecha de convocatoria y hasta el décimo día anterior a las elecciones, ambos inclusive, pueden solicitar el voto por correo las personas residentes en España.
¿Qué trámites se deben hacer para solicitar el voto por correo?
Debe dirigirse personalmente a cualquier oficina de Correos y, presentando el original del DNI, realizar una solicitud de certificado de inscripción en elcenso electoral.
Sólo en caso de enfermedad o incapacidad, acreditados mediante certificado médico, puede una persona distinta de la interesada solicitar este certificado, para ello debe ser autorizada mediante un documento notarial o consular extendido individualmente.
¿A partir de qué día se remite al domicilio la documentación cuando ya se ha solicitado el voto por correo?
Hasta el 13 de noviembre. A partir del trigésimo cuarto día posterior a la convocatoria y antes del sexto día anterior a la votación, la Oficina del Censo Electoral envía por correo certificado al domicilio indicado por el elector en el impreso de solicitud un sobre con la siguiente documentación:
- Una papeleta de color blanco de cada una de las formaciones políticas que se presente a las elecciones al Congreso de los Diputados y unsobre de votación de color blanco, en el que se introducirá la papeleta correspondiente.
- Una papeleta de color sepia con los candidatos que se presentan a las elecciones al Senado y un sobre de votación de color sepia en el que se introducirá la correspondiente papeleta. Ojo: La papeleta de votación al Senado podrá ir impresa a doble cara, por lo que es importante comprobarlo antes de marcar en ella su opción de voto. En dicha papeleta se deberá marcar con una cruz hasta tres candidatos si vota en la Península [sólo dos si vota en Gran Canaria, Tenerife, Mallorca, Ceuta y Melilla, y uno si lo hace en el resto de las islas]. Para que su voto sea válido, no escriba ni haga nada más en la papeleta: tan sólo dóblela e introdúzcala en el sobre sepia.
- El certificado de inscripción en el censo.
- Un sobre en el que figurará la dirección de la mesa donde le correspondería votar.
- Una hoja explicativa.
Hasta el 16 de noviembre. Una vez escogida la papeleta de voto al Congreso e introducida en el sobre blanco de votación, y marcados hasta tres nombres en la papeleta del Senado e introducida en el sobre sepia, deberá cerrar los sobres de votación e introducirlos, junto con el certificado de inscripción en el censo, en el sobre dirigido al presidente/a de la mesa, que deberá remitir por correo certificado antes del 16 de noviembre. Este sobre no necesita franqueo.