Hemos presentado doce alegaciones al Decreto por el que se regula el procedimiento de comunicación de sospechas de enfermedades profesionales en Aragón. “Nuestras alegaciones mejoran lo planteado en el Decreto porque es poco ambicioso y sigue sobrecargando a los profesionales de medicina de familia que deben detectar la enfermedad pero no hacerlo todo”, ha apuntado nuestro Coordinador General y portavoz en las Cortes, Álvaro Sanz, para recordar que para su en marcha son necesarios recursos porque “no será viable si no se refuerza con personal específico para esta cuestión desde salud pública, si no se completan las plazas vacantes del ISSLA y si no se abordan las cargas de trabajo de medicina de familia”.
Este Decreto es “positivo” ya que lleva muchos años exigiendo la articulación del médico centinela. Se trata de un mecanismo para detectar enfermedades profesionales desde Atención Primaria y poder investigar las sospechas de estas y este Decreto aborda este asunto ya que regula el procedimiento de comunicación de sospecha de estas enfermedades profesionales.
Desde la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, hace 25 años, la prevención se ha configurado como un negocio y no un derecho, con la externalización de su gestión, la imposibilidad de articulación sindical en un universo de PYMEs y micro PYMEs, y un entorno institucional de actuación pública que apenas regula mínimamente el “mercado de la prevención” lo que, a su juicio, dificulta la identificación adecuada de las enfermedades profesionales y su prevención efectiva.
Además, el diputado ha subrayado que la mayoría de los servicios de prevención ajenos no han desarrollado una verdadera prevención en las empresas, sino que se han limitado a tramitar la documentación requerida con el fin de cumplir, a efectos meramente formales, con la normativa y, a lo sumo, han ofertado evaluaciones de riesgo tipo y unos reconocimientos médicos no específicos. En este sentido, Sanz ha advertido que una buena parte de los accidentes y enfermedades causadas por el trabajo “no se declaran y son tratados y contabilizados como accidentes o enfermedades comunes y atendidas a cargo del sistema público de salud, cuando son las mutuas las que deberían hacerse cargo de su tratamiento, de los costes derivados y sobre todo de su prevención”.
Sanz ha explicado en rueda de prensa que las alegaciones pretenden mejorar la cobertura por parte de las mutuas de las enfermedades profesionales ya que aunque se plantea en el decreto que sea medicina de familia la que deriva a las mutuas porque, en el caso de una enfermedad profesional, es ésta la que otorga la baja laboral, esto puede generar muchas disfunciones si esta no actúa en consecuencia.
Por ello, reclamamos que, además de remitirse como hasta ahora al Instituto Nacional de la Seguridad Social que lleva más de un año de retraso en abordar los diferentes expedientes, sea medicina de familia quien detecte e informe de todas estas cuestiones a la sección laboral de la Dirección General de Salud Pública para que coordina una actuación temprana. “Es decir, añadir a cuando tiene la sospecha pero le falta información, que se incorpore el estudio de caso por salud pública cuando cree que es una enfermedad profesional pero la mutua señala que no lo es, o cuando hay diferentes criterios sobre la duración de las bajas y el estado de las personas para reincorporarse a su trabajo”, ha explicado Marga Deyá, responsable de Políticas Sociales, para quien “debe ser la sección de Salud Laboral la que puede articular una mejor respuesta y la que se puede encargar de que esto se articule con agilidad y adquiera más peso en este sistema de detección”.
Abordarlo de esta manera, según Deyá, permitirá tener una visión más completa acerca del sector o de la empresa cuyos trabajadores y trabajadoras suelen pertenecer a diferentes centros de salud, al reunir toda la información.
Por otra parte, hemos presentado alegaciones para establecer un mecanismo de sospecha de enfermedades profesionales de las que no pertenecen al catálogo actual de enfermedades profesionales, como las relacionadas con los riesgos psicosociales o enfermedades musculoesqueléticas vinculadas al trabajo de cuidados, y trasladarlas a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo del INSST.
Asimismo, proponemos incluir al ISSLA y al sistema de vigilancia de la salud pública postocupacional como agentes que colaboran en la detección de sospecha de estas enfermedades. El primero por su labor de investigación de las enfermedades profesionales que debiera usar este sistema para su investigación y poder participar de manera activa en los estudios de caso y, el segundo, porque permitiría incorporar la visión longitudinal, a lo largo del tiempo, y mejorar la respuesta en una concepción integral de la salud. Y además, considera relevante contar con los agentes sociales en la Comisión de seguimiento para recoger necesidades detectadas en la realidad allí donde operan.
Por último, incorporamos la elaboración de un informe anual para profundizar en la puesta en marcha de este sistema de información y de otras actuaciones que necesitan establecerse para mejorar la salud ocupacional.