Nuestra portavoz parlamentaria, Patricia Luquin, trasladará mañana al Pleno de las Cortes el problema al que se enfrentan las corporaciones locales a la hora de otorgar las becas de comedor ante la disparidad de criterios adoptados en base a la interpretación de la Ley 10/2016, de medidas de emergencia social.

Cabe recordar que esta situación la denunciamos este verano. Nuestra concejala de Acción Social del Ayuntamiento de Utebo, Rosa Magallón, explicó que su Área otorgaba anualmente becas de comedor social, subrogándose a la convocatoria del Gobierno de Aragón, pero aumentando el rango de concesión a 2,5 veces el IPREM, en lugar de 2 veces el IPREM del Ejecutivo, lo que permitió dar 58 becas el año pasado a niñas y niños que no hubieran entrado en el rango del Departamento de Educación.

Ahora, tras la aprobación de la Ley de Emergencia Social, el Ayuntamiento de Utebo no puede efectuar su convocatoria como el año anterior y conlleva que familias que obtuvieron una ayuda municipal no podrán acceder este año a ella. “Es decir, se han creado unas expectativas ahora defraudadas, lo que vulnera el principio de seguridad jurídica”, advierte Patricia Luquin, quien mañana formulará una pregunta oral a la consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, Mª Victoria Broto.

La Ley de Emergencia Social es de obligado cumplimiento para todas las administraciones públicas (artículo 2 de la ley que atiende al ámbito de aplicación), y por ello, IU considera que debe ser modificada.

En concreto, del artículo 16 de la nueva Ley de Emergencia Social de 2016, que dice que: “Las convocatorias para becas de comedores escolares deberán seguir los siguientes criterios de garantía de los derechos sociales: a) El máximo de renta familiar para tener acceso a las becas será de dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente para el período objeto de la convocatoria”.

“Independientemente de lo indefinido de tal artículo, que no contempla número de miembros familiares, discapacidades, hipotecas, bruto o neto, etc.,  este artículo en sí mismo impide a las entidades locales poder dar cobertura de becas de comedor a un rango más flexible en familias que realmente lo necesitan”, ha explicado Patricia Luquin para quien “los requisitos impuestos por la Ley son contrarios a su finalidad esencial”.

“Entendemos que esta norma está dirigida a reconocer, no a limitar, los derechos a las y los ciudadanos que se encuentran en una precaria situación y debe ser interpretada en el sentido que más favorezca, especialmente si se trata de menores”, añade la diputada para reiterar que lo que se pide es “una fórmula que dé garantía jurídica a los Ayuntamientos a la hora de publicar un rango más amplio de concesión de las becas para ayudar a paliar las penurias económicas de las familias para las que se supone que se promulga esta norma”.