Ganar Teruel ha registrado esta mañana alegaciones a las Bases que regirán, para el año 2017, la convocatoria pública del Ayuntamiento de Teruel para la concesión de subvenciones para proyectos estratégicos en materia de turismo, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 20 de abril. Desde nuestro Grupo Municipal ya se han expuesto las críticas a estas Bases en Comisión informativa y en el Pleno, pero dado que no se han tenido en cuenta nuestras aportaciones, acudimos ahora al trámite administrativo.

Asimismo, hacemos un llamamiento a los distintos colectivos que puedan considerarse interesados o afectados, a que analicen las Bases y hagan las aportaciones que consideren oportunas en forma de alegaciones. Éstas son las presentadas por Ganar Teruel:

ALEGACIONES A LAS BASES QUE REGIRÁN, PARA EL AÑO 2017, LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS ESTRATÉGICOS EN MATERIA DE TURISMO (publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel de fecha 20 de abril de 2017)

1. ALEGACIÓN A LA BASE CUARTA: OBJETO Y GASTOS SUBVENCIONABLES

En nuestra opinión, para garantizar el máximo respeto al principio de transparencia, las Bases deberían excluir totalmente los ágapes y compra de comidas y bebidas como gastos subvencionables, pues en todo caso deberían financiarse con otros recursos propios, no con dinero público.

Alternativa propuesta para el cuarto párrafo de la base Cuarta:

Serán subvencionables los gastos directamente relacionados con la ejecución de las actividades integrantes del proyecto. Quedan expresamente excluidos ágapes y compra de comidas y bebidas.

2. ALEGACIÓN A LA BASE SEXTA: CRITERIO Y BAREMO PARA LA CONCESIÓN DE ESTAS SUBVENCIONES

Valorar la antigüedad otorgando 30 puntos exclusivamente a las entidades con más de 30 años de actividad, y no dar ninguno en este apartado a las que tengan menos, cuando para acceder a esta subvención es imprescindible obtener 50 puntos de un máximo de 100, supone a nuestro juicio una clara vulneración de los principios de concurrencia e igualdad establecidos en la legislación aplicable.

Al margen de las consideraciones legales, aprobar las Bases en estos términos supondría ofrecer una imagen pública lamentable del Ayuntamiento de Teruel, pues la ciudadanía comprendería que, forzados por el Tribunal de Cuentas, se han sustituido unas subvenciones hasta ahora concedidas de forma directa, por una convocatoria de pública concurrencia a la que sólo pueden optar las mismas entidades que las han recibido siempre. Es decir, estas Bases no serían más que un fraude, un teatro.

Si el Ayuntamiento estima que determinadas actividades son fundamentales para la ciudad y necesitan asegurar una financiación pública estable, lo que debe hacer es asumir la dirección y organización de las mismas, sin perjuicio de que mediante convenio puedan participar en su desarrollo otras instituciones. Pero si se publican unas Bases, éstas deben establecer unos baremos justos y proporcionados.

Desde Ganar Teruel planteamos una distribución menos excluyente, en la que se otorga más valor al interés general de la programación y a la difusión del evento que en la propuesta del Ayuntamiento, y se valora la antigüedad de forma más proporcional.

Alternativa propuesta para las puntuaciones establecidas en la base Sexta:

– Interés general de la programación: hasta 15 puntos.

– Coste económico total de la misma y autofinanciación: hasta 20 puntos.

– Difusión del evento: hasta 15 puntos.

– Repercusión del evento que puede aportar en visitantes a la ciudad de Teruel: hasta 10 puntos.

– Años de celebración de la actividad objeto de la subvención en la ciudad de Teruel: 0,80 puntos por cada año hasta un máximo de 20 puntos.

– Estar distinguido con alguna declaración de actividad de interés turístico: hasta 20 puntos.