Tras analizar la nueva ordenanza, el grupo municipal de IU registra votos particulares para que no se permita la modificación de facto de esta ordenanza vía circulares, que se garantice la compatibilidad de las ayudas de urgencia con el Ingreso Aragonés de Inserción y que no se endurezcan los requisitos económicos de acceso a las mismas
El portavoz de Izquierda Unida en la Comisión de Acción Social, Pablo Muñoz, ha rechazado “el endurecimiento efectivo en los requisitos económicos a las ayudas de urgencia que supone el proyecto de Ordenanza reguladora de las prestaciones económicas de urgente necesidad aprobado por el Gobierno de Zaragoza el pasado miércoles 19 de febrero”.
En una primera valoración del texto aprobado, Izquierda Unida ha anunciado que presentará votos particulares para garantizar como mínimo tres principios; que no se permita la modificación de facto de esta ordenanza vía circulares, que se garantice la compatibilidad de las ayudas de urgencia con el Ingreso Aragonés de Inserción y que no se endurezcan los requisitos económicos de acceso a las mismas.
Respecto a este aspecto Muñoz ha señalado que el artículo 5 de la nueva redacción exige que las rentas del beneficiario no sean superiores al IPREM (532,5 euros mensuales) en lugar del SMI (645,30 euros mensuales) que establecía antes. Por ello, IU ha anunciado que alegará para que “aunque se utilice como referencia el IPREM, se le ponga un factor corrector para que se mantenga el mismo nivel de renta”. “No es momento de endurecer ningún requisito porque hoy hay un empobrecimiento generalizado de la sociedad”, ha señalado el concejal.
De igual manera, Pablo Muñoz ha desglosado otra de las líneas que contendrán sus alegaciones como la de “limitar el gobierno vía circular a la que se estaba acostumbrando el Sr. Fernández”, en referencia a las circulares que en los meses anteriores ha dictado el Consejero y con las que IU ha sido especialmente crítica por las que se limitaron las ayudas de urgencia para pobreza energética o para alimentos fuera de un escueto catálogo. En este sentido, el punto 14 del artículo 7 del nuevo texto establece como Motivo de Denegación durante un periodo de 6 meses de nuevas ayudas de urgencia contravenir “lo dispuesto en la reglamentación o instrucciones dictadas al efecto por el órgano competente”.